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jueves, 25 de febrero de 2010

más desarrollos reglamentarios de la LAE

En el BOE de hoy se publica una nueva norma que desarrolla las previsiones de la Ley 11/2007 en el ámbito de la Administración General del Estado, fundamentalmente como consecuencia del nuevo régimen de la intervención administrativa que exige la normativa europea en materia de libre acceso a los servicios: se trata del Real Decreto 136/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro. En realidad se trata de una norma general en relación con las actuaciones que realicen los ciudadanos, más allá de si se utilizan o no medios electrónicos, pero sin duda tiene previsiones que inciden en la perspectiva electrónica, así:
  • la referencia a la ventanilla única, que necesariamente ha de ser electrónica como exige la Directiva 123/2996
  • la exigencia de que los modelos normalizados ese integren en sistemas que permitan la transmisión por medios electrónicos de los datos e informaciones requeridos, exigencia ineludible si se pretenden aprovechar plenamente las ventajas que ofrece la tecnología
  • la no exigibilidad de ciertos documentos al interesado, de manera que será necesaria su obtención directamente de la entidad en cuyo poder se encuentre la información, lo que sin duda supone una ampliación del derecho consagrado en el art. 6.2.b) LAE y, sobre todo, de la previsión del art. 35.2 LAE

En fin, la nueva regulación sobre libre acceso a las actividades de servicios está suponiendo un nuevo planteamiento de la actividad administrativa de policía (en el tradicional sentido material) que, en última instancia, ha de descansar en gran medida en el uso intensivo de medios electrónicos. Volveremos sobre este interesante planteamiento en otra ocasión.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

ya está aquí el R.D. que desarrolla la LAE (al menos parcialmente)

Acaba de aparecer en el BOE de hoy (18/11) el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Ciertamente, un comentario mínimamente riguroso requiere de una atenta lectura que llevará un tiempo... así que prometo volver de nuevo sobre el asunto dentro de unos días.

De momento, nos quedamos con la noticia largamente esperada, tanto por lo que ha tardado en tramitarse como, además, por los 12 días que ha tardado en publicarse desde que fue aprobado el pasado día 6 de noviembre.

martes, 10 de noviembre de 2009

La LAE ya es mamá!!!! .... o casi

Sí, después de una gestación de más de dos años, la Ley 11/2007 se ha puesto de parto y está a punto de dar a luz a su primer vástago: el Real Decreto de desarrollo para la AGE. Aunque todavía no ha sido publicado oficialmente, si está disponible un breve resumen en la web oficial del Consejo de Ministros. En fin, esperemos que no haya que esperar muchos días para asistir al nacimiento a través de la oportuna publicación oficial...

viernes, 6 de marzo de 2009

Borrador Real Decreto desarrollo Ley 11/2007

Acabo de enterarme de que en la web del MAP (que no sede electrónica, al menos todavía) se encuentra disponible el borrador de Real Decreto que desarrolla parcialmente la Ley 11/2007. Según parece se publicó ayer jueves 5 de marzo, de manera que existe un plazo de quince días (hábiles, según el art. 24 de la Ley del Gobierno) para el trámite de información pública. Según se informa en la web, se podrán formular observaciones y sugerencias por vía electrónica en la dirección de correo-e que allí aparece: opinion.accesoelectronico@map.es

Ciertamente, resulta curioso comprobar que para unas cosas la Administración es tan exigente y para otras, en cambio, se "abre la mano" considerablemente. Me sorprenden, cuando menos, dos circunstancias: que no sea necesaria la identificación fidedigna de los ciudadanos en el ejericio del derecho a formular alegaciones a este trámite y, sobre todo, que la vía utilizada para ejercer este derecho sea el correo-e y no el Registro Electrónico-Telemático del MAP.

En fin, a disfrutar y a ejercer el derecho a formular alegaciones, aunque no sea con las máximas garantías jurídicas. Al menos en este caso la Administración predica con el ejemplo, si bien "con palicos y cañicas", como decimos por aquí en Murcia...