miércoles 18 de noviembre de 2009

ya está aquí el R.D. que desarrolla la LAE (al menos parcialmente)

Acaba de aparecer en el BOE de hoy (18/11) el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Ciertamente, un comentario mínimamente riguroso requiere de una atenta lectura que llevará un tiempo... así que prometo volver de nuevo sobre el asunto dentro de unos días.

De momento, nos quedamos con la noticia largamente esperada, tanto por lo que ha tardado en tramitarse como, además, por los 12 días que ha tardado en publicarse desde que fue aprobado el pasado día 6 de noviembre.

jueves 12 de noviembre de 2009

jornada ¡¡¡gratuita!!! sobre firma-e en la Administración

Es ciertamente reconfontante que sigan existiendo personas realmente comprometidas con la Universidad y, en particular, con la investigación como Lorenzo Cotino Hueso, coordinador y alma mater de la Red Derecho TICs. Gracias a su impulso, dedicación y dotes organizativas el próximo día 23 de noviembre tendrá lugar en Valencia una interesantísima jornada sobre "Firma electrónica y acceso electrónico a los servicios públicos" que, a diferencia de los precios desorbitados de algunos eventos que están empezando a proliferar al amparo de la adaptación de las Administraciones Públicas antes del 2010, ES GRATUITA, al igual que también lo fue el Congreso toledano (¡menuda noche!), que os anuncié hace unas semanas. ¡Esta es la Universidad que a mí me gusta!, abierta a la sociedad (en este caso a la Administración) y poniéndose al servicio de la causa tratando de alumbrar soluciones donde hay muchos problemas por resolver y dudas por afrontar. En fin, echad un vistazo al programa que sin duda os convencerá...

Precisamente, en relación con este tema siempre me ha preocupado los problemas derivados del reconocimiento de certificados entre las Administraciones Públicas. Como no voy a repetirme cual abuelo cebolleta, os recuerdo el post que colgué al respecto hace ya unos meses...

martes 10 de noviembre de 2009

La LAE ya es mamá!!!! .... o casi

Sí, después de una gestación de más de dos años, la Ley 11/2007 se ha puesto de parto y está a punto de dar a luz a su primer vástago: el Real Decreto de desarrollo para la AGE. Aunque todavía no ha sido publicado oficialmente, si está disponible un breve resumen en la web oficial del Consejo de Ministros. En fin, esperemos que no haya que esperar muchos días para asistir al nacimiento a través de la oportuna publicación oficial...

por fin el libro de Nacho Criado ... en las librerías "presenciales"

Actualizando alguna entrada anterior, debo informaros que ya está disponible en las librerías el trabajo de Ignacio Criado "Entre sueños utópicos y visiones pesimistas. Internet y las TICs en la modernización de las Administraciones Públicas". El libro ha sido editado por el INAP ya que el trabajo fue reconocido con el VIII premio para trabajos y estudios de investigación sobre Administración Pública.

Es una lástima que este tipo de trabajos, con una calidad reconocida y que pueden ser de gran utilidad en el proceso de modernización administrativa, no se publiquen íntegramente en Internet de forma gratutita, sobre todo teniendo en cuenta que el INAP se nutre de fondos públicos y, al margen del premio, no retribuye derechos de autor (¡lo sé de buena tinta!) .

Sinceramente, creo que va siendo hora de que el INAP se vaya poniendo al día en estos temas. Menos mal que Nacho tuvo a bien regalarme un ejemplar el otro día, ¡y con una dedicatoria entrañable, por cierto!

sábado 24 de octubre de 2009

Por una Ley de transparencia, ¿electrónica?

Así reza el título del artículo publicado en el Diario Publico por José Luis Piñar, Catedrático de Derecho Administrativo y ex-Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Si bien hay afirmaciones que no comparto plenamente (sobre todo la conformidad con la actual legislación de protección de datos, manifiestamente insuficiente para Internet), coincido con el autor en la necesidad de proceder a la urgente aprobación de una Ley específica en la materia, pero con un importante matiz.

En concreto, la transparencia hoy día debe ser necesariamente articulada a través del uso de medios electrónicos pues, de lo contrario, gran parte de su funcionalidad se perdería. Más aún, no basta simplemente con que la información se difunda por esta vía sino que, además y sobre todo, la transparencia ha de suponer que efectivamente la información resulta comprensible para los ciudadanos. Precisamente, esta exigencia alcanza una importancia reduplicada en relación con la funcionalidad que tiene la transparencia en tanto que instrumento de control de la corrupción, sobre todo en materia urbanística, ya que la información debe ofrecerse de tal modo que sea comprensible por los ciudadanos y no utilizando una terminología críptica a través de la cual enmascarar la realidad.

Asimismo, la transparencia y accesbilidad de la información administrativa debe hacerse de modo que se permita dar cumplimiento a las previsiones reguladoras de su reutilización, lo que en los tiempos que corren pasa necesariamente por permitir tratamientos automatizados de la misma que permitan a las empresas y particulares interesados ofrecer servicios de auténtico valor añadido. Sin duda las aportaciones del proyecto Aporta, valga la redundancia, pueden ser decisivas para este desafío... Este artículo de Diego Beas en El País sobre los planes del Gobierno Obama puede dar más de una pista.

miércoles 14 de octubre de 2009

Congreso e-Administración

La semana próxima, durante los días 22 (jueves) y 23 (viernes) se celebrará en Toledo el Congreso internacional "La Administración electrónica como nuevo modelo de Administración Pública", bajo la coordinación de los profesores de la UCLM Luis Ortega e Isaac Martín. El evento se enmarca asimismo entre las actividades que impulsa la Red Derecho TICs que coordina el profesor Lorenzo Cotino Hueso; Red que, sin duda alguna y gracias a su impulso, ha llegado a convertirse en una auténtica referencia en los eventos y publicaciones relacionados con esta temática. La asistencia al Congreso es gratuita, lo que sin duda constituye un acicate para participar teniendo en cuenta, además, los precios que se barajan en otras actividades sobre esta materia. ¡Lo que son las modas!

viernes 9 de octubre de 2009

Ordenanzas municipales y Administración electrónica

En los últimos meses estamos asistiendo a un apresurado movimiento en el ámbito local que consiste en aprobar ordenanzas específicas en materia de Administración electrónica. Más allá del mero cumplimiento de la Ley 11/2007 antes del 31 de diciembre de 2009 y de la polémica acerca de cómo interpretar la existencia o no de disponibilidades presupuestarias, el proceso de modernización tecnológica en que se encuentran inmersas las Administraciones locales debe contemplarse como una oportunidad para repensar los procedimientos y flujos informativos, de manera que cuando se identifique la existencia de algún obstáculo o barrera para la eficacia de la actividad administrativa se aproveche la modernización tecnológica para solventarla. En concreto, el uso de medios electrónicos puede suponer una ocasión inmejorable para eliminar requisitos documentales y trámites que, desde la práctica, se han demostrado innecesarios o inapropiados, otorgándole a partir de parámetros tecnológicos una regulación más adecuada. En concreto, el derecho reconocido a los ciudadanos por el artículo 35.f) de la LRJAP —no presentar documentos que ya obren en poder de la Administración municipal— puede solventarse en mejor medida si se articulan sistemas de acceso a la información por medios electrónicos, todo ello con pleno respeto a la normativa sobre protección de datos. Más aún, con ocasión de este proceso pueden detectarse disposiciones normativas y, en general, garantías jurídicas que resultan desfasadas y, por consiguiente, precisen de una puesta al día desde la perspectiva tecnológica.

Ahora bien, este planteamiento sólo puede prosperar cuando encuentre el apoyo y liderazgo adecuado por parte de las autoridades y el personal al servicio de la Administración municipal . En concreto, es imprescindible que uno de los miembros del equipo de gobierno asuma el impulso del proyecto de modernización administrativa como parte de sus competencias, debiéndosele otorgar un ámbito de funciones transversal sobre el resto de las concejalías, de manera que el conjunto de la organización perciba su papel directivo en el proceso y puedan encauzarse las diversas energías e iniciativas particulares en el conjunto del proyecto. Esta dinámica resulta esencial para la elaboración de una ordenanza municipal en la materia, de manera que las dudas e inconvenientes sean solventados de forma eficaz y motivada, bajo el impulso de su liderazgo. No obstante, dada la pretensión de que la ordenanza tenga en cuenta las condiciones, límites y exigencias de la práctica administrativa, es fundamental asimismo que cuente con un equipo de colaboradores que aporten la perspectiva de la gestión diaria, siendo trascendental que no pertenezcan ni de forma exclusiva ni mayoritaria al servicio de informática municipal.

Más allá de la eficacia entendida desde esta perspectiva, la eficacia constitucionalmente exigida (art. 103) también reclama una interpretación desde la perspectiva de los derechos de los ciudadanos. En efecto, al margen de las ventajas y posibilidades que la modernización tecnológica ofrece desde la perspectiva interna, la inversión y el esfuerzo que supone la Administración electrónica debe justificarse desde una perspectiva democrática de servicio al ciudadano y, en este sentido, la ordenanza debe servir para concretar y fortalecer su posición jurídica en las relaciones con la Administración. De lo contrario, su confianza ante los temores y riesgos de la tecnología puede verse afectada, llegándola incluso a percibir como un peligro más que como una oportunidad. A este respecto, superando las limitaciones y condicionamientos que imponga la tecnología, las posibilidades de comunicación con los ciudadanos y de estos con la Administración municipal deben configurarse desde la perspectiva más amplia posible, haciéndose especial hincapié en aquellos servicios que mayor valor añadido pueden prestar al ciudadano, tal y como sucede con la regulación de los registros electrónicos.

En tercer lugar, aunque en íntima conexión con la anterior reflexión, la aprobación de la ordenanza sobre Administración electrónica debe concebirse como un elemento para fortalecer la seguridad jurídica, tanto desde la perspectiva de la gestión como desde una consideración externa en las relaciones con los ciudadanos. A este respecto, es necesario manifestar la necesidad de garantizar el sometimiento al Derecho de la tecnología y, desde esta perspectiva, la aprobación de la ordenanza, siempre que incluya las previsiones oportunas, puede considerarse la ocasión propicia para demostrar que las garantías jurídicas no son un obstáculo sino, antes bien, una exigencia y un requerimiento inexcusable.

En última instancia, la aprobación de la ordenanza municipal sobre Administración electrónica constituye un requisito inexcusable para dar cumplimiento a las previsiones de la LAE; si bien, es preciso advertir que la nueva regulación tiene carácter básico y presenta un marco jurídico ciertamente completo y sistemático que, en consecuencia, permitiría aprobar una ordenanza basada en un planteamiento de mínimos, procediendo sin más a la aplicación de la regulación estatal. Ahora bien, siendo detallada, la LAE ha introducido sobre todo criterios basados en la flexibilidad, de manera que en ocasiones —como sucede con la identificación y la autenticación— permite diversas y múltiples opciones que han de ser precisadas en cada municipio en atención de sus necesidades y exigencias, supuestos en los que resulta de gran trascendencia disponer de un proyecto y liderazgos institucionales claramente definidos. En otras ocasiones, por el contrario, siendo precisa la regulación básica se deja en manos de cada Entidad Local las condiciones concretas y los requisitos para dar cumplimiento a las previsiones legales —caso, por ejemplo, de la sede electrónica o los tablones de edictos/anuncios virtuales—, de manera que los instrumentos electrónicos puedan adaptarse a las singularidades municipales y, en concreto, de cada organización.